Modificación da tarifa: periodos a indexada e indexada a periodos
En este artículo explicamos cómo pedir un cambio de tarifa, de indexada a periodos, y de periodos a indexada.
Si todavía no tienes contrato con Som Energia, puedes hacerte socio/a y contratar la luz con la tarifa que prefieras.
Para realizar un cambio de tarifa, deberás acceder a la Oficina Virtual. Si todavía no has accedido nunca, te explicamos cómo hacerlo, y también cómo recuperar la contraseña, en caso de que la hayas perdido.
Una vez estés dentro de la Oficina Virtual, tendrás que ir al apartado “Contratos” y, después, clicar en “Modificar la tarifa”.
Te aparecerá esta pantalla:
Desde allí, sencillamente, sigue las instrucciones que te vayas encontrando. Si tienes cualquier duda, puedes enviarnos un correo a info@somenergia.coop.
¿Cuándo se me hará efectivo el cambio de tarifa?
Cuando solicites un cambio de tarifa, se iniciará el proceso de modificación. Antes de pasar a tener la nueva tarifa, recibirás una última factura (si todo va con normalidad, puede tardar hasta un mes, aproximadamente) con la energía facturada a precio de la tarifa que tenías hasta ahora. Será a partir de entonces que la energía que consumas ya te la facturaremos en el precio de la nueva tarifa.
Por ejemplo, imaginemos el caso de una persona que tiene la tarifa 2.0TD periodos y el 11 de agosto pide una modificación de tarifa hacia 2.0TD indexada. Imaginemos que esta persona ha recibido la última factura el 3 de agosto. Cuando haya solicitado la modificación, empezará el proceso de cambio. Esta persona recibirá una factura, seguramente a inicios de septiembre, con fecha por ejemplo 4 de agosto - 1 de septiembre, en la que toda la energía estará facturada al precio de la tarifa que ya tenía, es decir, la 2.0TD periodos. A partir del día siguiente a la fecha de la factura, es decir, a partir del día 2 de septiembre, ya tendrá la nueva tarifa activada, y toda la energía que consuma a partir de entonces ya se facturará a precio de la tarifa 2.0TD indexada.
Para este ejemplo, la cronología sería la siguiente:
3/08 → factura (con tarifa periodos)
11/08 → petición de modificación hacia tarifa indexada
04/08 - 01/09 → factura, con precios de la tarifa periodos
02/09 → aplicación de los precios de la tarifa indexada